Cláusula arbitral. Causales de nulidad procesal.

Suprema Corte de Justicia, 1.ª Sala, 31 de enero de 2018, núm. 28, B. J. 1286

«Considerando, que además, existen (…) causas de nulidad procesales, que suponen una infracción de las reglas esenciales del procedimiento arbitral, entre las que se encuentran las relativas a la indebida notificación de la designación del árbitro, o de las actuaciones arbitrales, resolución por los árbitros de cuestiones no sometidas a su decisión, designación de los árbitros o desarrollo del procedimiento arbitral sin ajustarse al acuerdo de las partes, o en su defecto a la ley[1]

«Considerando, que en la especie, al haber establecido la corte a qua que el mediador se excedió en sus poderes y que actuó como si fuera un árbitro, reteniendo en ese sentido la existencia de una cláusula “como patológica”, es del entendido de esta Corte de Casación, que dicha alzada ha retenido una causa de nulidad material en cuanto a que no existe una premisa clara de las partes de someterse al arbitraje, aunque el mediador haya emitido su decisión con la fuerza vinculante de un laudo, al tenor de la letra ce, numeral 2, del artículo 39 de la Ley núm. 489-08, que dispone que existe nulidad cuando “el laudo se refiere a una controversia no prevista en el acuerdo de arbitraje o contiene decisiones que exceden los términos del acuerdo de arbitraje;».

[1] M. Lacruz Mantencón, La Impugnación del Arbitraje, 1ra Ed., Madrid, 2011, pág. 77.