Cláusula arbitral. Determinación conceptual.

Suprema Corte de Justicia, 1.ª Sala, 31 de enero de 2018, núm. 28, B. J. 1286

«Considerando, que en cuanto al argumento de la parte recurrente de que la corte a qua tampoco tenía competencia de atribución para decidir la declaratoria de nulidad de la decisión vinculante emitida por el mediador, señor José López, puesto que no se trató de un arbitraje, ni mucho menos de una decisión judicial, es menester señalar que la Ley núm. 489-08, sobre Arbitraje, expresa cuáles cuestiones están sometidas al arbitraje, estableciendo que lo son “las controversias sobre materias de libre disposición y transacción, conforme a las disposiciones civiles y comerciales aplicables”, lo que implica que la presente relación jurídica puede lícitamente ser sometida al arbitraje, sin que opere impedimento legal alguno; sin embargo, dicha normativa procesal no señala el concepto de arbitraje, ni tampoco indica lo que es y no es arbitraje, correspondiendo a esta Suprema Corte de Justicia, como Corte de Casación, determinar si la señalada cláusula de resolución de controversia, como fue nominada por las partes en su acuerdo marco, versaba sobre una mediación o una transacción y no sobre un arbitraje como ha venido denunciando la parte recurrente;»

«Considerando, que en ese sentido, en el país origen de nuestra legislación, ha sido establecido que a los fines de conceptualizar la figura del arbitraje, se le da más importancia al carácter irrevocable y obligatorio de la decisión del tercero, y el procedimiento seguido para ello, que a la denominación que las partes le han dado a ese tercero[1]; que la voluntad de las partes de remitir a un tercero la solución de controversias, teniendo la decisión que a propósito de tal delegación intervenga el efecto de ser vinculante, no configura en sus elementos constitutivos fácticos la figura del mediador, sino más bien de un verdadero árbitro cuya decisión final es un laudo, independientemente de la denominación conceptual que le hayan irrogado las partes en su contrato;».

[1] P. Chauvel (2011). Transaction. En Dalloz, Répertoire de Droit Civil, Tome XI, pág. 11, núms. 91 y 92, París, France, 2017.