Cláusula arbitral. Interés privado.

Suprema Corte Justicia, 1.ª Sala, 11 de diciembre de 2020, núm. 203, B.J. 3121

«(…) siendo la fecha del referido acto procesal el punto de partida a tomar en consideración con la finalidad de determinar si una disposición normativa es o no aplicable a una situación jurídica determinada, resultando irrelevante la etapa en que se encuentre la instancia, salvo que se trate de disposiciones de orden público, como lo son las de carácter procesal, que no es lo ocurrido en la especie, pues tanto las disposiciones estatutarias como la cláusula arbitral son de puro interés privado».