Orden procesal. Extinción, vigencia.

Suprema Corte de Justicia, 1.ª Sala, 8 de junio de 2015, núm. 508, B. J. 1267

«Considerando, que los efectos de la decisión previa dictada por el tribunal arbitral que se limitó a estatuir sobre una intervención forzosa, se extinguen una vez los laudos adoptados sobre el fondo de la acción arbitral se han convertido en definitivos por decisiones de esta Corte de Casación; que en tal sentido, carecería de objeto que este plenario estatuya sobre la procedencia o no de la acción en nulidad contra la orden procesal que rechazó la prealudida solicitud de intervención forzosa, en virtud de que el caso arbitral núm. 1004124 ha quedado concluido mediante decisiones definitivas e irrevocables; que por vía de consecuencia, no ha lugar a estatuir sobre el presente recurso de casación;».

Suprema Corte de Justicia, 1.ª Sala, 8 de junio de 2015, núm. 510, B. J. 1267[1]

«Considerando, que los efectos de la decisión previa dictada por el tribunal arbitral que se limitó a estatuir sobre una intervención forzosa, se extinguen una vez los laudos adoptados sobre el fondo de la acción arbitral se han convertido en definitivos por decisiones de esta Corte de Casación; que en tal sentido, carecería de objeto que este plenario estatuya sobre la procedencia o no de la acción en nulidad contra la orden procesal que rechazó la prealudida solicitud de intervención forzosa, en virtud de que el caso arbitral núm. 1004124 ha quedado concluido mediante decisiones definitivas e irrevocables; que por vía de consecuencia, no ha lugar a estatuir sobre el presente recurso de casación;».

[1] En el buscardor de fallos de la Suprema Corte de Justicia, la presente sentencia figura registrada en el B.J. del 2016, pudiendo esto ser un error puramente material, dado que la sentencia es del 2015.