Mediación. Diferencia con el arbitraje.
Corte de Apelación de Departamento Judicial de Santiago, Cámara Civil y Comercial, 16 de octubre 2015, núm. 442-2015
«2. Que el arbitraje es una vía de resolución alternativa de disputas, igual que la mediación, pero, difieren en que la primera es un árbitro, quien dirime la contención y su decisión se impone a las partes de manera irrevocable, pues se escoge bajo un consenso de las mismas o por la vía que indica la ley de arbitraje, con el procedimiento establecido por la ley, la cláusula que contiene un contrato que recoge la voluntad de las partes de dirimir su conflicto por esta vía debe ser expresa, que no haya lugar a dudas ni a interpretaciones, al punto de manifestarse una cláusula patológica; con la mediación, las partes acuerdan nombrar de mutuo acuerdo un tercero imparcial, pero, este solo tiene una labor de proponer, de inducir, de tratar de que las partes lleguen a un acuerdo en el punto divergente;».
Arbitraje
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